lunes, 20 de febrero de 2012

SOBRE EL PODER Y LA PRIMACIA DEL PAPA 2º PARTE

REFUTACIÓN DE LOS ARGUMENTOS DE LOS ADVERSARIOS

Aquí se citan algunos pasajes contra nosotros, tales como: «Tú eres Pedro, y sobre esta roca edificaré mi iglesia» (Mt. 16:18). También: «A ti te daré las llaves» (Mt. 16:19). Y: «Apacienta mis ovejas» (Jn. 21:17), y algunos otros pasajes.
Ya que toda esta controversia ha sido tratada copiosa y precisamente en los libros de nuestros teólogos y no se pueden reexaminar aquí otra vez todos los detalles, nos referimos a esos escritos y deseamos que sean considerados como reiterados. Sin embargo, responderemos brevemente a manera de interpretación.
En todos estos pasajes, Pedro es representante de (oda la compañía de los apóstoles, tal cual es evidente del texto mismo, ya que Cristo no interrogó sólo a Pedro, sino que preguntó: «Y vosotros, ¿quién decís que soy yo?» (Mt. 16:15). Y lo que se dice aquí en número singular: «A ti te daré las llaves» y «lo que atares», en otras partes se dice en número plural: «Todo lo que atéis», etc. (Mt. 18:18). Y en Juan 20:23 también está escrito: «A quienes remitiereis los pecados», etc. Estas palabras demuestran que las llaves fueron dadas de manera igual a todos los apóstoles y que todos los apóstoles fueron enviados como iguales.
Además, es necesario reconocer que las llaves no pertenecen a la persona de cierto individuo, sino a toda la iglesia, como es atestiguado por muchos argumentos claros y firmes. Pues Cristo, después de hablar de las llaves en Mateo 18:19, dice: «Si dos o tres de vosotros se pusieren de acuerdo en la tierra», etc. Por eso, confiere las llaves especiales e inmediatamente a la iglesia, así como, por la misma razón, la iglesia principalmente posee el derecho del llamamiento. A causa de ellos es necesario considerar a Pedro en estos pasajes como el representante de toda la compañía de apóstoles y, debido a ello, estos pasajes no atribuyen a Pedro ninguna prerrogativa, superioridad o poder especiales.
En cuanto a la declaración: «Sobre esta roca edificaré mi iglesia» (Mt. 16:18), es seguro que la iglesia no está edificada sobre la autoridad de un hombre, sino sobre el ministerio de la confesión que Pedro hizo, cuando declaró que Jesús era el Cristo, el Hijo de Dios. Por ello, Cristo también se dirige a Pedro como a un ministro y le dice: «Sobre esta roca», esto es, sobre este ministerio. Además, el ministerio del Nuevo Testamento no se limita a lugares y personas, como lo es el sacerdocio levítico, sino que está esparcido por todo el mundo y existe dondequiera que Dios da sus dones, apóstoles, profetas, pastores, maestros. Tampoco es válido este ministerio debido a alguna autoridad individual sino debido a la palabra dada por Cristo. La mayoría de los santos padres, tales como Orígenes, Ambrosio, Cipriano, Hilario y Beda, interpretan la declaración «sobre esta roca» de esta manera y no como refiriéndose a la persona o superioridad de Pedro. Así declara Crisóstomo que Cristo dice «sobre esta roca» y no «sobre Pedro», porque edificó su iglesia no sobre un hombre sino sobre la fe de Pedro; y ¿cuál era esta fe sino: «Tú eres el Cristo, el Hijo del Dios viviente»? Hilario declara: «El Padre reveló a Pedro para que dijera: 'Tú eres el Hijo del Dios viviente'. Por ende, sobre esta roca de confesión está edificada la iglesia.
Esta fe es el fundamento de la iglesia».

En cuanto a lo que dicen los pasajes: «Apacienta mis ovejas» (Jn. 21:17) y: «¿Me amas más que éstos?» (Jn. 21:15), de ninguna manera se colige que ellos confieren una superioridad especial a Pedro, pues Cristo le manda apacentar las ovejas, esto es, predicar la palabra o gobernar la iglesia con la palabra. Esta comisión Pedro la tiene en común con el resto de los apóstoles. El segundo artículo es aún más claro que el primero, porque Cristo ha dado sólo a los apóstoles el poder espiritual, esto es, el mandato de predicar el evangelio, anunciar el perdón de los pecados, administrar los sacramentos y excomulgar a los impíos sin violencia física. No les dio el poder de la espada o el derecho de establecer, ocupar o transferir los reinos del mundo.

Pues Cristo dijo: «Por tanto, id... enseñándoles que guarden todas las cosas que os he mandado» (Mt. 28:19-20). También: «Como me envió el Padre, así también yo os envío» (Jn. 20:21).
Además, es manifiesto que Cristo no fue enviado para llevar una espada o poseer un reino mundano, porque dijo: «Mi reino no es de este mundo» (Jn. 18:36). Pablo también dijo: «No que nos enseñoreemos de vuestra fe» (2ª Co. 1:24) y otra vez: «Las armas de nuestra milicia no son carnales», etc. (2ª Co. 10:4).

Y de que Cristo en su pasión fuera coronado con espinas y conducido en un manto de púrpura y así hecho objeto de burla, significaba que vendría el tiempo, una vez que su reino espiritual haya sido despreciado, esto es, después que el evangelio haya sido suprimido, cuando otro reino terrenal se levantaría con la apariencia de poder eclesiástico. Por eso, son falsas e impías la constitución de Bonifacio VIII, distinción 22 del capítulo «Omnes», y otras declaraciones similares que sostienen que el papa es por derecho divino señor de los reinos del mundo. Esta noción ha causado que descendieran horribles tinieblas sobre la iglesia y que más tarde se originaran grandes disturbios en Europa. El ministerio del Evangelio fue desatendido. El conocimiento de la fe y del reino espiritual se extinguió. Se consideraba que la justicia cristiana se hallaba en el gobierno externo establecido por el papa. Luego los papas comenzaron a tomarse reinos para sí, a transferir reinos y a acosar a los reyes de casi todas las naciones de Europa, pero especialmente a los emperadores de Alemania, con injustas excomuniones y guerras, con el propósito, algunas veces, de ocupar ciudades italianas, otras veces para sujetar a su poder a los obispos alemanes y privar a los emperadores del derecho de nombrar obispos. En verdad, hasta está escrito en las Clementinas: «Cuando el trono imperial está vacante, el papa es el legítimo sucesor». Así el papa no sólo usurpó dominio en contra del mandamiento de Cristo (Mr. 10:42 y sigte.), sino que tiránicamente hasta se exaltó a sí mismo sobre todos los reyes. En este asunto no es tanto de deplorar el hecho mismo como es de censurar el pretexto de que por autoridad de Cristo pueda transferir las llaves de un reino mundano y de que pueda ligar la salvación a estas opiniones impías e inicuas sosteniendo que es necesario para la salvación creer que tal dominio pertenece al papa por derecho divino. Ya que estos monstruosos errores obscurecen la fe y el reino de Cristo, dentro de ninguna circunstancia han de pasarse por alto. Las consecuencias demuestran que han sido grandes plagas en la iglesia.
En cuanto al tercer artículo debe añadirse esto: Aunque el obispo de Roma tuviera primacía y superioridad por derecho divino, sin embargo, no se le debe obediencia a aquellos pontífices que defienden formas impías de culto, idolatría y doctrinas que pugnan con el evangelio. Al contrario, tales pontífices y tal gobierno han de considerarse malditos. Así enseña claramente Pablo: «Si un ángel del cielo os anunciare otro evangelio diferente del que os hemos anunciado, sea anatema» (Gá. 1:8). Y en Los Hechos está escrito: «Es necesario obedecer a Dios antes que a los hombres» (Hch. 5:29). Asimismo, los cánones claramente enseñan que un papa herético no ha de ser obedecido. El sumo sacerdote levítico era el pontífice supremo por derecho divino; sin embargo, no se debía obediencia a sumos sacerdotes impíos. Así Jeremías y otros profetas disentían de ellos, y los apóstoles disentían de Caifás y no estaban obligados a obedecerle.

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